jueves, 30 de septiembre de 2010

La Recreación, como Derecho Fundamental, Integrado al de la Educación.


  Una última referencia a la Recreación en la Constitución Política aparece en el mismo Título y Capítulo II, de los derechos sociales, económicos y culturales, en su artículo 67, el cual define a la educación como un servicio público con función social, buscando con ella garantizar el acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y los bienes y valores de la cultura. Propendiendo que la educación forme a colombianos respetuosos de los derechos humanos, a la paz, a vivir y decidir en democracia, a practicar el trabajo y la recreación, como elementos indispensables de enriquecimiento científico, cultural, tecnológico y protector del medio ambiente.   
Y es aquí en donde realmente se estatuyen mecanismos garantizadores de la formación, investigación y la práctica de una recreación asociada a la educación, como formula de enriquecimiento integral del Colombiano. Se responsabiliza no solo al Estado, sino también a la sociedad y la familia a que se eduque obligatoriamente a segmentos poblacionales entre cinco y quince años.
Adicionalmente, prevé la provisión gratuita de esta por parte del Estado. Le asigna competencia al Estado para que regule y ejerza la suprema inspección y vigilancia de la educación, con el horizonte claro de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; al tiempo de garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo y, por último ordena que La nación y las entidades territoriales participen, en la dirección, financiación y administración de los servicios educativos estatales, dentro de la Constitución y la ley. Tal y como lo establece el artículo en comento:
“Art. 67.- La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura.
La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente.
El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica.
La educación será gratuita en las instituciones del Estado, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos.
Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo.
La nación y las entidades territoriales participarán en la dirección, financiación y administración de los servicios educativos estatales, en los términos que señalen la Constitución y la ley."
Como ya se dijo, el Constituyente prevé, que la educación debe formar al colombiano integralmente. Por lo tanto, tuvo en cuenta múltiples factores que sumados los unos a los otros, garantizarían el cumplimiento de este postulado, siendo uno de estos elementos valiosos el de la recreación, asumida asó como servicio público íntimamente asociado a la educación, debiendo cumplir una función social, que traza metas de búsqueda del conocimiento, ciencia, técnica y bienes y valores culturales, entre otros, concordando con los artículos: 2, 27, 118, 164, 189 Ord. 21, 214 Num 2, 222, 278 Num 4, 282, 336 y con el artículo 13 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
En Colombia, uno de los principios Constitucionales garantizadores de nuestro estado social de derecho, es el que deslinda la responsabilidad de los particulares y los servidores públicos al acatamiento y observancia de la Constitución y las Leyes. Mientras los primeros solo deberán responder ante las autoridades por infringirlas, los segundos no solo lo serán por la misma causa, sino que adicionalmente deberán responder por omitir su aplicación o por extralimitarse en sus funciones, máxime cuando estas conductas causen daños de cualquier tipo (C.N. art.6).
Este precepto Constitucional previene a los servidores públicos, sobre los cuales recae la responsabilidad del cumplimiento de los fines del Estado, es decir los mandatos de servicio a la comunidad, de promoción de la prosperidad general y de garantizar la efectividad de los derechos y deberes; así como los que facilitan la participación de todos en las decisiones que los afectan, en la vida política, económica, administrativa y cultural de la Nación, para asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo, asegurando entre otras cosas el cumplimiento de deberes sociales del Estado y los particulares.

 tomado de:
http://www.funlibre.org/documentos/MarcoNormativo.html

miércoles, 1 de septiembre de 2010

tipos de recreacion

Tipos de Recreación

La recreación puede ser activa o pasiva. la recreación activa implica acción, dícese en específico de la persona que mientras presta unos servicios disfruta de los mismos. Por el otro lado, la recreación pasiva ocurre cuando el individuo recibe la recreación sin cooperar en ella, porque disfruta de la recreación sin oponer resistencia a ella. Por ejemplo, ir al cine. Por el otro lado, los campamentos estimulan las posibilidades físicas e intelectuales del joven.

* Juegos: Estos juegos pueden ser desarrollados en cada uno de los deportes individuales y colectivos. Entre estos juegos tenemos los tradicionales, los predeportivos, los intelectuales y los sociales.

* Expresión Cultural y Social: Se encargan de la elaboración de objetivos creativos, representaciones y organización de equipos a través de los clubes deportivos y recreativos. Estos tienen el fin de organizar, planificar y dirigir la ejecución de una actividad deportiva o recreativa determinada de acuerdo a sus fines y objetivos. Ejemplo de estos clubes son: Los de excursionismo y montañismo.

* Vida al aire libre: Son aquellas actividades que se desarrollan en un medio natural, permitiendo la integración del individuo con la naturaleza, preservando los recursos naturales y haciendo buen uso del tiempo libre. Sus características son: Conocimiento sobre parques naturales, Parques recreacionales y monumentos naturales, arreglo del morral y carpas, conservación y reforestación, conocimiento de las características y equipos para excursiones y campamentos

¿que es la recreacion?



 

 

 

 

 

 

 

 

Recreación



  La Recreación como término a definir y fenómeno social, viene siendo tomada en cuenta por las Ciencias Sociales desde mediados del siglo veinte. En la actualidad nos encontramos con un sin número de ensayos y trabajos sobre la recreación tanto a nivel conceptual, desde una gran necesidad de definirla, como a nivel  de la práctica , donde podemos encontrar grandes repertorios de actividades y técnicas para el trabajo concreto con grupos, en diferentes ámbitos.

Al menos en Latinoamérica se viene desarrollando lo que denomino un movimiento recreativo donde podemos encontrar distintos profesionales provenientes de universidades, tecnicaturas, cursos y talleres comunitarios, como también una gran cantidad de jóvenes autodidactas, que encuentran un canal válido para desarrollar su vocación de servicio y por que no su militancia social.

La Recreación sigue siendo un tópico interesante para profesionales de las ciencias sociales si tenemos en cuenta que deviene en espacio de identificación de una dinámica social1 [1] , en tanto el estado de las prácticas recreativas de una sociedad la caracterizan y le dan un sello particular.

De hecho la recreación puede ser vista y analizada desde distintas miradas y formas de interpretación , como desde distintas ideologías. Podemos encontrar profesionales y teóricos que cuando se refieren a ella lo hacen nombrando un mundo de ofertas correspondiente a la industria del ocio, que hace posible la ocupación del tiempo libre de los sujetos. Otros que enfocan de manera fundamental al fenómeno a partir de la experiencia vivida por los sujetos al experimentar distintos sentimientos y situaciones que otorgan la realización de cualquier actividad recreativa. U otros como nosotros, que enfocamos este tópico como la posibilidad de socializarse generando condiciones saludables  así pudiendo acceder al patrimonio cultural de los pueblos.

Ahora bien , pero qué entendemos por recreación?

Desde nuestro esquema referencial teórico práctico entendemos que la recreación se constituye desde dos aspectos, uno el antropológico y el otro el institucional.

Consideramos a la Recreación desde una visión antropológica como un fenómeno que permite el acceso a nuestro patrimonio cultural común. A esta podemos situarla como una toma de posición que facilita satisfacer esa necesidad de encuentro, diversión, placer y libertad. Donde muchas veces los sujetos nos encontramos con nuestras propias limitaciones, viviendo situaciones de displacer.

 Tomado de:
http://www.redcreacion.org/relareti/documentos/fvilas.html